Sí. El fuero sindical protege al dirigente frente al despido o la modificación unilateral de su contrato, pero no lo exime del cumplimiento de sus deberes laborales.

Por lo tanto, sí puede recibir una carta de amonestación, siempre que las conductas infractoras estén debidamente establecidas en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad (RIOHS).

📘 Fundamento jurídico

De acuerdo con los artículos 243, 245 y 346 del Código del Trabajo, el fuero sindical impide el despido sin autorización judicial, pero no otorga inmunidad frente a incumplimientos contractuales.

El empleador mantiene su facultad disciplinaria (art. 154 CT) para sancionar faltas objetivas tales como:

 

  • Inasistencias o retiros injustificados.
  • Incumplimiento de instrucciones.
  • Negativa a ejecutar funciones.
  • Denuncias infundadas o abusivas contra superiores jerárquicos.

 

 

🧩 Buenas prácticas para las empresas

  • Actualiza tu RIOHS. Debe reflejar la realidad de tu empresa, no ser un modelo genérico.
  • Integra tu Código de Ética dentro del RIOHS para que sea válido y aplicable.
  • Documenta cada falta con su respectiva carta de amonestación y respaldo (testigos, reportes, registros, etc.).
  • Activa el protocolo Ley Karin en casos de acoso, sin temor al fuero, cuando existan hechos graves y comprobables.

 

 

⚖️ Jurisprudencia reciente

La Corte Suprema (ROL 35.899-2025) ratificó que el fuero sindical no es sinónimo de impunidad, respaldando el Dictamen N°4654 de la Dirección del Trabajo.

En SJ AdNovas hemos representado exitosamente a empresas que enfrentaron casos de dirigentes sindicales con faltas éticas o disciplinarias, logrando que los tribunales reconocieran la validez de las sanciones.

 


 

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